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Principales medidas incluidas en la reforma fiscal
La reforma fiscal aprobada el jueves 20 de noviembre, de forma definitiva, por el Congreso de los Diputados, que entra en vigor el 1 de enero de 2015, contiene, entre otras, las siguientes medidas:
I.R.P.F.-
Se establecen cinco tramos de renta a partir de 12.450, 20.200, 34.000 y 60.000 euros, a los que se aplicarán tipos del 20 %, 25 %, 31 %, 39 % y 47 % en 2015, y del 19 %, 24 %, 30 %, 37 % y 45 % en 2016.
Los ingresos inferiores a 12.000 euros no estarán sujetos a retención.
Se aumenta a 5.700 euros la reducción por rendimientos netos del trabajo para rentas inferiores a 11.250 euros, se fija una tabla de transición para rendimientos netos entre 11.250 y 14.250 euros, y se reduce a 2.000 euros para rentas superiores a 14.250 euros.
El mínimo personal se incrementará de 5.150 a 5.550 euros.
Los mínimos familiares aumentarán hasta un 32 %.
Las familias numerosas o con hijos o ascendientes con discapacidad recibirán 1.200 euros, acumulables hasta 4.800 euros si suman varias de estas situaciones.
La indemnización exenta por despido se amplía a 180.000 euros y se permite la reducción del 30% incluso si la indemnización se percibe de forma fraccionada.
Se amplía al 60 % la reducción por alquiler de vivienda para el arrendador.
La reducción por rentas irregulares (recibidas en un año, pero consecuencia de varios ejercicios) bajará del 40 % al 30%.
La aportación máxima desgravable a planes de pensiones será de 8.000 euros.
Las plusvalías generadas por mayores de 65 años estarán exentas si se transforman en renta vitalicia.
Se reduce de 10 a 5 años el plazo mínimo de un plan individual de ahorro sistemático (PIAS).
Se podrán rescatar cantidades correspondientes a planes de pensiones transcurridos 10 años.
Estarán exentos los rendimientos obtenidos por cuentas bancarias o seguros de vida mantenidos durante un mínimo de 5 años y siempre que no se aporten más de 5.000 euros anuales.
La exención de los dividendos hasta 1.500 euros se suprimirá.
Se eliminará la distinción por las plusvalías cosechadas en menos de un año, que tributaban al tipo marginal del contribuyente y pasarán a hacerlo a los tipos del ahorro.
La retención a autónomos profesionales con rentas inferiores a 15.000 euros bajará del 21% al 15%.
En 2015 se reducirá, en general, del 21% al 19% el porcentaje de retención e ingreso a cuenta aplicable a profesionales y autónomos, y se rebajará en 2016 hasta el 18% de retención e ingreso a cuenta para estos rendimientos.
El sistema de módulos se limitará a 150.000 euros de ingresos y 150.000 euros de gasto, y quedaran excluidos los autónomos que facturen menos del 50% a personas físicas.
El régimen de módulos para las actividades agrícolas eleva a 250.000 euros, frente a los 200.000 previstos, el volumen de rendimientos íntegros obtenidos en el ejercicio anterior para poder aplicar este régimen de estimación objetiva en la determinación de su rendimiento neto.
Para impulsar el mecenazgo se incrementará con carácter general la deducción por donativos en hasta diez puntos.
Para ampliar la participación social en el mecenazgo se establece una deducción del 75 % para los donativos inferiores a 150 euros.
I.V.A.-
En cumplimiento de una sentencia del Tribunal Europeo subirán al tipo general del 21% los productos intermedios de elaboración de medicamentos, los equipos médicos, los aparatos, instrumental sanitario y productos farmacéuticos.
Se mantendrán en el tipo reducido del 10% productos diseñados para paliar deficiencias, como gafas y lentillas graduadas, prótesis, sillas de ruedas o muletas, así como gasas, vendas, botiquines o parches oculares.
El sector de las flores y plantas ornamentales tendrán un I.V.A reducido del 10%, frente al 21% al que estaba tributando.
Tributarán en destino los servicios electrónicos, de telecomunicaciones, radiodifusión y televisión cuando el destinatario sea un particular.
Impuesto de Sociedades
El tipo se rebajará del 30% al 28% en 2015 y al 25% en 2016, salvo para las entidades de crédito y las empresas dedicadas a la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos.
Las empresas de nueva creación tributarán al 15% en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, excepto si tienen derecho a un tipo inferior.
Se aumentará la base imponible del impuesto para acercar el tipo efectivo al tipo nominal.
Sustitución de las deducciones por reinversión de beneficios por la deducción de reserva de capitalización, por la que queda exenta de tributación la parte del beneficio que se destine a la constitución de una reserva indisponible.
Se prorrogarán las medidas temporales en vigor relativas a pagos fraccionados incrementados, limitación de compensación de pérdidas, limitación del fondo de comercio e incremento del pago fraccionado con dividendos de fuente extranjera.
Se creará una reserva de nivelación para pymes para compensar futuras pérdidas en un plazo de cinco años y una reserva de capitalización del 10% del beneficio con un límite de 1 millón de euros. La aplicación de ambas reservas permitirá bajar el tipo efectivo a las pymes al 20,25 %.
El límite a la compensación de bases imponibles negativas se calculará sobre la base imponible, de forma previa a la aplicación de la nueva reserva de capitalización.
La compensación de las bases imponibles negativas se limitará al 60% desde 2016 para evitar el recurso al endeudamiento, aunque se aplicará a partir de un millón de euros para no perjudicar a las pymes.
Las empresas que destinen cuantías superiores al 10 % de su cifra de negocio podrán elevar de 3 a 5 millones de euros anuales el importe monetizable de la deducción por I+D.
El límite de la deducción por intereses se calculará sobre el beneficio operativo del grupo fiscal para adquisición de participaciones, si el préstamo no excede el 70% del valor de adquisición de la participación y se amortiza la deuda a razón de 5 puntos porcentuales, anualmente durante 8 años.
OTROS
La exención del 85 % del Impuesto sobre la electricidad se ampliará a todos los procesos productivos en los que el coste de la electricidad supere el 50 % del coste de producción.
Se publicará una lista de morosos que incluirá a los defraudadores que tengan deudas con Hacienda o sanciones tributarias superiores al millón de euros.
Se ampliarán los plazos de la Inspección de Hacienda y se suspenderán en determinados casos.